Se amplía el plazo de implementación de la segunda y tercera fase de la NOM-051
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Se amplía el plazo de implementación de la segunda y tercera fase de la NOM-051

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    CIAJ
  • 11 ago
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ACUERDO por el que se amplía el plazo de la segunda fase y se actualiza el inicio de la tercera fase establecidas en el Transitorio Segundo de la Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010, publicada el 27 de marzo de 2020.


Resalta lo siguiente:


SEGUNDO. Para el cálculo y evaluación de los valores y perfiles referentes a la información nutrimental complementaria se establecerán progresivamente TRES FASES distintas, la última de las cuales se verificará a partir del 1 de enero del año 2028, a saber:


SEGUNDA FASE. Del 1 de octubre de 2023 al 31 de diciembre de 2027 (4 AÑOS y 3 MESES), el cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria se realizará con los siguientes criterios y valores:


TERCERA FASE. A partir del 1 de enero de 2028, el cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria se realizará aplicando íntegramente las disposiciones contenidas en los incisos 4.5.3, así como la Tabla 6 de la modificación a la norma relativa a los Perfiles Nutrimentales.


Cabe mencionar que conforme al PRIMERO TRANSITORIO, este Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2026.


 
 
 
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